Sin justa causa, deberá indemnizar al trabajador por los perjuicios sufridos.
La indemnización no será inferior a un mes de salario. Se exceptúan los contratos celebrados por un periodo inferior.
1. Contrato de Trabajo:
Es “el convenio verbal o escrito mediante el cual una persona se obliga a prestar sus servicios o ejecutar una obra a favor de otra, bajo subordinación o dependencia de esta”. (Artículo 62 del Código de Trabajo. 2019, pág.74)
El Artículo 70 del mencionado cuerpo de leyes establece adicionalmente con respecto al contrato de trabajo que este “obliga a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conforme a aquellas, la buena fe, la equidad y la costumbre o el uso favorable al trabajador”. (pág. 83). Esto implica, tal cual lo indica seguidamente el Artículo 72, “el reclamar en nombre propio las prestaciones o derechos derivados del contrato y los beneficios que la ley establece.” (pág.84).
2. Indemnización:
Según Oscar Vargas Velarde (2018), la finalidad de la indemnización, además de la reparación delos daños, tiene objetivos previsionales. En efecto, por un lado, busca, “resarcir el daño al menos en parte” y por el otro lado procura “también, al menos en parte”, dar medios para que el empleado despedido enfrente los primeros momentos del desempleo”. (Pág. 547)